📅 Autónomos: obligatorio desde el 1 de julio de 2027⚖️ RD 1007/2023🔄 Actualizado julio de 2026

VeriFactu para carpinteros: del taller a la obra con cada factura sellada

Por Alberto Cuitó Martín · actualizado el

Apunta la fecha en el tablero del taller: 1 de julio de 2027 si eres carpintero autónomo y facturas con un programa, 1 de enero de 2027 si tienes la carpintería como sociedad. Desde ese día tus facturas entran en VeriFactu. Es el sistema con el que Hacienda sella cada factura en origen: un registro que nadie puede retocar, enlazado al anterior, comunicado a la AEAT y con su QR impreso en el papel que entregas. Solo se libra quien factura todo a mano, sin ningún programa: en la práctica, el autónomo en módulos con su talonario. Para ti tiene más miga que para otros gremios. Tu facturación mezcla taller y obra: no tributa igual vender un armario a medida que instalarlo dentro de una reforma. Con VeriFactu ese matiz queda registrado en la AEAT factura a factura, y corregir un tipo de IVA mal puesto ya no es borrar y repetir: es emitir una rectificativa. Aquí tienes las fechas, lo que te exige el sistema y la casuística fiscal de tu oficio, con números reales.

¿Estás obligado como carpintero? Depende de cómo factures

Fechas vigentes tras el RD-ley 15/2025 · Fuente: nota informativa de la AEAT

Tu situación¿Obligado?Desde
Autónomo que factura con app o programa1 de julio de 2027
Autónomo en módulos que factura a manoNo
Autónomo que factura con plantillas de Excel o WordDepende1 de julio de 2027
Carpintería constituida como SL1 de enero de 2027

Qué te exige VeriFactu en el día a día de un carpintero

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Un QR en cada factura, del armario al rodapié

Todas tus facturas llevarán un código QR impreso, la del armario de 2.500 € y la del rodapié de 90 €. El cliente puede escanearlo y comprobar en la AEAT que esa factura existe. Para ti no es trabajo extra: lo genera el programa solo. Pero tiene que salir en el PDF y en el papel que entregas en obra.

2

Un registro por factura que no se puede tocar

Cada vez que emites una factura, el programa crea un registro sellado y encajado con el anterior como las colas de milano de un cajón. Si falta uno o alguien lo toca, se nota. La factura del mueble que al final no se cobró ya no se puede borrar sin dejar rastro.

3

Emites y el registro viaja solo a la AEAT

El programa manda cada registro a Hacienda en el momento de emitir, sin que tú hagas nada. Terminas de colocar la tarima, emites la factura desde el móvil y el registro llega a la AEAT antes de que recojas las herramientas. Si estás sin cobertura en una obra, se envía al recuperarla.

4

Corregir es rectificar, no borrar

Se acabó eliminar la factura y hacerla de nuevo. Si te bailó un número en la medida o en el precio de la puerta, emites una factura rectificativa que corrige o anula la anterior, y las dos quedan registradas. Por eso el presupuesto bien medido antes de facturar vale más que nunca.

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Adiós a la factura de Word reciclada

Duplicar la factura del último armario, cambiar el nombre y guardarla como PDF deja de ser una opción. Cada factura tiene que nacer en un programa adaptado, con su número, su registro y su envío. Si hoy facturas así, tienes hasta julio de 2027 para pasarte a un software que cumpla.

La factura de un carpintero tiene sus propias trampas: así quedan con VeriFactu

Los casos fiscales reales del oficio, con su referencia legal

Armario a medida: ¿venta al 21 % o reforma al 10 %?

Mismo armario, dos facturas distintas. Escenario 1: te encargan un armario empotrado de 2.000 € (precio medio 2026) suelto, sin reforma de por medio. Eso es una entrega de bien: IVA del 21 %, total 2.420 €. Escenario 2: el mismo armario va dentro de la reforma de una vivienda con más de 2 años, el cliente es particular y tus materiales (tableros, correderas, herrajes) suman 760 €, el 38 % de la base. Eso es ejecución de obra: IVA del 10 %, total 2.200 €. La diferencia: 220 €. Ojo: si los materiales pasan del 40 % de la base, se acabó el 10 %, todo al 21 %. Con VeriFactu el tipo queda registrado en la AEAT factura a factura: decide antes de emitir, no después.

Ley 37/1992, art. 91.Uno.2.10º

Factura mixta: suministro más instalación sin liarla

El error clásico: desglosar materiales al 21 % y mano de obra al 10 % en la misma factura. No va así. Una ejecución de obra lleva un solo tipo para toda la base, y lo decide la regla del 40 %. Ejemplo con tarima: 40 m² de tarima flotante, colocación a 17 €/m² son 680 € de mano de obra, y el material te cuesta 1.100 €. Base total 1.780 €, materiales el 62 %: todo al 21 %. Ahora al revés: el cliente compra la tarima por su cuenta y tú solo colocas. Base 680 €, materiales tuyos casi cero: 10 % si es vivienda de más de 2 años y particular. Desglosa partidas para que se entienda, pero con un único tipo.

Ley 37/1992, art. 91.Uno.2.10º (regla del 40 % de materiales)

Subcontratado por un contratista: factura sin IVA

Si un contratista te mete a hacer la carpintería en una obra que deriva de un contrato de construcción o de rehabilitación en sentido legal, la factura va sin IVA por inversión del sujeto pasivo. Ojo: no toda reforma integral lo es; la ley exige que el coste supere el 25 % del valor del edificio y que predominen las obras estructurales. Si la reforma no alcanza esa calificación, facturas al contratista con IVA del 21 %. Ejemplo con inversión: te subcontratan 6 puertas de paso a 450 € cada una (2.700 €) y 70 metros de rodapié a 10 €/m (700 €). Facturas 3.400 € sin cuota de IVA y añades la mención obligatoria: inversión del sujeto pasivo, art. 84.Uno.2º.f Ley 37/1992. El IVA se lo autoliquida el contratista. Cuidado con dos cosas: si quien te contrata es el particular dueño del piso, no hay inversión y facturas con IVA normal. Y con VeriFactu esa factura sin cuota también genera su registro y viaja a la AEAT como las demás.

Ley 37/1992, art. 84.Uno.2º.f

Medidas exactas en el presupuesto: tu escudo anti rectificativas

La madera cortada no se devuelve, y con VeriFactu la factura emitida tampoco se borra. Si facturas el armario con la medida mal tomada o el cliente cambia la puerta después de emitir, la única salida es una factura rectificativa, que también queda registrada en la AEAT. La forma de no llegar ahí es un presupuesto con medidas cerradas y aprobado antes de cortar: hueco de 2,46 × 2,50 m, hoja de 72,5 × 203 cm, acabado lacado blanco. Ejemplo real de partida: puerta de paso instalada, 395,12 € con IVA del 10 % (precios 2026). Si el presupuesto aprobado es la base de la factura, la rectificativa se queda en algo excepcional, no en tu rutina de los viernes.

RD 1619/2012, art. 15 (facturas rectificativas) y RD 1007/2023

Qué te juegas si sigues facturando con un programa no adaptado

La multa para el usuario llega a 50.000 € por ejercicio, según el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria. No hace falta defraudar: basta con seguir facturando después del 1 de julio de 2027 con un programa que no cumpla, o con manipular registros. El riesgo no está en equivocarte en una medida, está en la herramienta. Con un software adaptado seguirás haciendo lo de siempre: presupuestar, cortar, montar y facturar. Evitarla es aburrido y barato: comprueba antes de esa fecha que tu programa cumple y, si no, cámbialo con tiempo.

Motor de Presupuestos

Del presupuesto aceptado a la factura en regla, sin cambiar de herramienta

En el Motor de Presupuestos el circuito ya está montado. Haces el presupuesto del armario con sus medidas, el cliente lo aprueba y lo conviertes en factura con un clic: el QR tributario, el registro encadenado y el envío a la AEAT salen solos, sin cambiar de herramienta ni copiar datos a mano. Las partidas del presupuesto pasan a la factura tal cual, con su IVA al 10 o al 21 según el caso, así que el matiz taller u obra lo decides una vez, en el presupuesto, y no te persigue. Si hay que rectificar, la rectificativa sale de la factura original con todo el rastro en orden. Tú a la madera, que del papeleo se encarga el Motor.

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Preguntas frecuentes de carpinteros sobre VeriFactu

Las dudas reales del oficio, respondidas

Depende de cómo entre en la casa. Si va dentro de una reforma de una vivienda con más de 2 años, el cliente es particular y tus materiales no pasan del 40 % de la base, es ejecución de obra al 10 %. Si es una venta suelta, sin obra, o los materiales superan el 40 %, es entrega de bien al 21 %. En un armario de 2.000 €, la diferencia son 220 €. Con VeriFactu el tipo no cambia, lo que cambia es que queda registrado en la AEAT al momento: revisa el porcentaje de materiales antes de emitir, no cuando llegue el requerimiento.

No, ese desglose es el error que más se repite en carpintería. Una misma ejecución de obra lleva un único tipo de IVA sobre toda la base, y lo fija la regla del 40 % de materiales. Puedes y debes desglosar partidas (mueble, herrajes, montaje) para que el cliente vea qué paga, pero el tipo es uno. Si la operación cumple los requisitos del 10 %, todo al 10 %. Si los materiales pesan más del 40 %, todo al 21 %. Dos tipos en una factura solo caben si de verdad hay dos operaciones distintas e independientes.

Si la vivienda tiene más de 2 años y el cliente es particular, tu factura de colocación va al 10 %, porque tus materiales son casi cero y no llegan ni de lejos al 40 % de la base. Con 40 m² a 17 €/m² facturas 680 € más 68 € de IVA. Un detalle: la espuma niveladora, los perfiles y el rodapié que pongas tú cuentan como materiales tuyos, aunque con esos importes no mueven la aguja. Con VeriFactu esta factura genera su registro y viaja a la AEAT como cualquier otra, así que el tipo tiene que ir bien a la primera.

Con una rectificativa por la diferencia, nunca tocando la factura original: su registro ya está en la AEAT. Si facturaste el armario en 2.420 € y pactáis un 15 % menos por el acabado, emites una rectificativa que resta la parte proporcional de base e IVA, amparada en el art. 80 de la Ley del IVA, y las dos facturas quedan encadenadas contando la historia completa. Guarda el correo o el mensaje donde se pacta el descuento: es el soporte de la modificación. Si el mueble se devuelve entero, mismo camino con la operación anulada al completo. Lo único que no existe desde 2027 es la factura que desaparece.

Depende de qué le vendas y de qué obra sea. Si el contratista te encarga la carpintería instalada (colocar las 6 puertas y el rodapié dentro de su obra) y esa obra deriva de un contrato de construcción o de rehabilitación en sentido legal, es ejecución de obra con inversión del sujeto pasivo: 3.400 € sin cuota y con la mención del art. 84.Uno.2º.f. No toda reforma integral llega a rehabilitación: la ley pide coste superior al 25 % del valor del edificio y predominio de obras estructurales; si no se cumple, facturas al contratista con IVA del 21 %. Pero si solo le suministras las puertas desde el taller y las coloca su gente, eso es una entrega de bienes: ahí no hay inversión y facturas con tu 21 % de siempre. Esa frontera entre suministro e instalación es la que Hacienda verá ahora factura a factura, así que deja claro en el concepto qué incluye cada partida. Y al particular dueño del piso, IVA siempre, sea cual sea el trabajo.

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