Glosario de siglas del presupuesto de obra

El sector de la construcción en España opera con un número de siglas técnicas y legales que puede resultar intimidante para quien empieza. Cada sigla representa un concepto normativo o económico preciso, y confundirlas puede llevar a errores graves en presupuestación, facturación o tramitación administrativa. Este glosario reúne las 20 siglas más usadas en un presupuesto de obra según la normativa española vigente — desde el PEM (Presupuesto de Ejecución Material) que fija el Reglamento General LCAP (Real Decreto 1098/2001) hasta el ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras) que recaudan los ayuntamientos según la Ley Reguladora de Haciendas Locales. La mayoría están definidas por la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación (LOE), la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP), el Código Técnico de la Edificación (CTE) o los reglamentos sectoriales específicos (REBT RD 842/2002, RITE RD 1027/2007). Dominarlas es condición necesaria para emitir presupuestos profesionales, comprender pliegos de licitación pública y comunicarse con arquitectos, aparejadores y la Administración.

Siglas económicas del presupuesto

SiglaSignificadoMarco legal
PEMPresupuesto de Ejecución Material (costes directos)RD 1098/2001
PECPresupuesto de Ejecución por Contrata = PEM + GG + BIRD 1098/2001
PBLPresupuesto Base de Licitación = PEC + IVALey 9/2017 LCSP
GGGastos Generales (13 % sobre PEM por defecto)RD 1098/2001 art. 131
BIBeneficio Industrial (6 % sobre PEM por defecto)RD 1098/2001 art. 131
CICostes Indirectos (6 % del coste directo en edificación)RD 1098/2001
MAMedios Auxiliares (andamios, encofrados, elevadores)Cuadro precios nº 2
ICIOImpuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (2-4 % PEM)RDL 2/2004 TRLHL
IAEImpuesto sobre Actividades Económicas (exento si < 1 M €)Ley 51/2002

Agentes de la edificación según LOE

SiglaSignificadoBase LOE
DODirección de Obra (arquitecto)LOE art. 12
DEODirección de Ejecución de Obra (aparejador/arq. técnico)LOE art. 13
CSSCoordinador de Seguridad y SaludRD 1627/1997
CFOCertificado Final de Obra firmado por DO + DEOLOE art. 6.2
LPOLicencia de Primera Ocupación (municipal)Legislación autonómica
IEEInforme de Evaluación del Edificio (> 50 años)Ley 8/2013 LRRRU
ITEInspección Técnica de Edificios (denominación autonómica)Normativa CCAA

Normativas técnicas frecuentes

SiglaSignificado
LOELey de Ordenación de la Edificación (Ley 38/1999)
CTECódigo Técnico de la Edificación (Real Decreto 314/2006)
REBTReglamento Electrotécnico de Baja Tensión (RD 842/2002)
RITEReglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RD 1027/2007)
LRRRULey 8/2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas
LCSPLey de Contratos del Sector Público (Ley 9/2017)
LPHLey de Propiedad Horizontal (Ley 49/1960)
LETAEstatuto del Trabajo Autónomo (Ley 20/2007)
CPVCommon Procurement Vocabulary — clasificación europea contratación
FIEBDC-3Formato Intercambio Estándar Bases de Datos Construcción
BC3Extensión de archivo del estándar FIEBDC-3
REARegistro de Empresas Acreditadas (Ley 32/2006 subcontratación)
RETARégimen Especial de Trabajadores Autónomos SS
CIECertificado de Instalación Eléctrica (emitido vía REBT)
IRGInstalación Receptora de Gas (certificado RD 919/2006)
ITIACInstalación Interior de Agua y Aguas Calientes (certificado CTE DB-HS4)

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Marco legal aplicable

Las siglas recogidas se apoyan en 4 marcos principales: la LOE (Ley 38/1999) para agentes de la edificación, el CTE (Real Decreto 314/2006) para exigencias técnicas, la Ley 9/2017 LCSP para contratación pública, y el Real Decreto 1098/2001 Reglamento General LCAP para las referencias de margen.

Ley de Ordenación de la Edificación (LOE)

Ley 38/1999, de 5 de noviembre

Define agentes de la edificación (promotor, proyectista, director de obra, director de ejecución, constructor, propietarios y usuarios) y el régimen de garantías: 10 años por daños estructurales, 3 años por habitabilidad y 1 año por acabados.

texto en el BOE

Código Técnico de la Edificación (CTE)

Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo

Marco técnico obligatorio en proyecto y ejecución: Documentos Básicos de seguridad estructural (DB-SE), protección contra incendios (DB-SI), seguridad de utilización (DB-SU), salubridad (DB-HS), protección contra el ruido (DB-HR) y ahorro de energía (DB-HE).

texto en el portal del CTE

Ley de Contratos del Sector Público

Ley 9/2017, de 8 de noviembre

Régimen de contratos públicos. Obliga a entregar cuadro de precios nº 1 (unitarios) y nº 2 (descompuestos) en todas las licitaciones de obra. Art. 103 regula el régimen ordinario de revisión de precios por variación de mercado.

texto en el BOE

Reglamento General LCAP

Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre

Desarrollo reglamentario de la LCSP. Fija el 13 % de gastos generales, 6 % de beneficio industrial y los costes indirectos en 6 % para obras de edificación. Sirve de referencia nacional para PEM y PEC.

texto en el BOE

Preguntas frecuentes

Las dudas más habituales sobre glosario de siglas del presupuesto de obra.

PEM (Presupuesto de Ejecución Material): suma de costes directos — materiales + mano de obra + maquinaria + medios auxiliares. Base del ICIO y de las tasas municipales. PEC (Presupuesto de Ejecución por Contrata) = PEM + 13 % gastos generales (GG) + 6 % beneficio industrial (BI). Base imponible del IVA. PBL (Presupuesto Base de Licitación) = PEC + IVA. Es el importe máximo que licita la Administración. Todas definidas en el RD 1098/2001 Reglamento General LCAP.

DO: Dirección de Obra, función asumida por el arquitecto conforme a la LOE art. 12 (dirige la obra en cuanto a proyecto y estética). DEO: Dirección de Ejecución de Obra, función del aparejador o arquitecto técnico según LOE art. 13 (supervisa la ejecución material diaria). Ambas firmas son obligatorias en el CFO (Certificado Final de Obra). Sin cualquiera de las dos no se puede tramitar licencia de primera ocupación.

FIEBDC-3 es el Formato de Intercambio Estándar de Bases de Datos de la Construcción — estándar AENOR equivalente a BC3 (por la extensión de archivo). Permite intercambiar presupuestos entre programas distintos (Presto, Arquímedes, Menfis, TCQi). Es obligatorio en licitación pública por la Ley 9/2017 LCSP para que los órganos de contratación puedan evaluar ofertas en formato neutro. Estructura: cuadro de precios nº 1 unitarios + cuadro nº 2 descompuestos + pliego + memoria.

Son clasificaciones distintas pero relacionadas. CPV (Common Procurement Vocabulary): clasificación europea de bienes y servicios para contratación pública, obligatoria en la Ley 9/2017 LCSP. Códigos de 9 dígitos. IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas): clasificación española de actividades económicas con epígrafes numéricos (501.x, 504.x, 505.x en construcción). Una empresa puede facturar a la Administración bajo un código CPV y declarar la actividad ante Hacienda bajo un epígrafe IAE — ambas deben ser coherentes para evitar rechazo de oferta en licitación.

Al menos 5: PEM (total coste directo), GG (porcentaje gastos generales, 13 % referencia), BI (beneficio industrial, 6 % referencia), PEC (subtotal sin IVA), y el tipo de IVA aplicable (10 % vivienda habitual Ley 37/1992 art. 91.uno.2 o 21 % resto). Añadir ICIO estimado y tasas municipales si el presupuesto incluye gestión del permiso. El cliente lego valora el desglose transparente; el profesional lo exige para validar el encaje normativo.

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