VeriFactu para instaladores fotovoltaicos: hitos de cobro y facturas que valen para la subvención
Por Alberto Cuitó Martín · actualizado el
Los instaladores fotovoltaicos autónomos que facturan con un programa entran en VeriFactu el 1 de julio de 2027. Si operas como SL, tu fecha es anterior: el 1 de enero de 2027. VeriFactu es el sistema de la Agencia Tributaria que obliga a que cada factura genere un registro inalterable, encadenado con el anterior y enviado a la AEAT en el momento, en la modalidad VeriFactu (la que usará tu programa). Para tu oficio esto no es un trámite más. Facturas importes altos con pocos tickets: una instalación de 5 kWp son 7.500-12.000 €, y detrás de casi cada una hay un cliente que necesita tu factura como justificante de subvención o de deducción del IRPF. Cobras por hitos, con señales y anticipos que devengan IVA. Y la regla del 40 % de materiales te deja casi siempre en el 21 %, aunque la vivienda tenga más de dos años. Aquí tienes fechas, obligaciones y la casuística fiscal de tu oficio, sin humo.
¿Estás obligado como instalador fotovoltaico? Depende de cómo factures
Fechas vigentes tras el RD-ley 15/2025 · Fuente: nota informativa de la AEAT
| Tu situación | ¿Obligado? | Desde |
|---|---|---|
| Autónomo con programa o app de facturación | Sí | 1 de julio de 2027 |
| Autónomo en módulos que factura a mano | No | — |
| Autónomo que factura con plantillas de Word o Excel | Depende | 1 de julio de 2027 |
| SL de instalaciones (tributa por Sociedades) | Sí | 1 de enero de 2027 |
Qué te exige VeriFactu en el día a día de un instalador fotovoltaico
Un QR que tu cliente usará en la subvención
Todas tus facturas, desde la de una instalación de 10 kWp hasta la del mantenimiento anual de 150-350 €, llevarán un código QR. Cualquiera puede escanearlo y comprobar en la sede de la AEAT que esa factura existe y está declarada. Para el cliente que pide subvención, es garantía gratis.
Registro inalterable y encadenado
Cada factura genera un registro que no se puede tocar y que va enlazado con el anterior, como los paneles de un string: si desconectas uno, la lectura del inversor lo delata al momento. Si emites la factura de la señal en marzo y la de puesta en marcha en mayo, quedan encadenadas por orden. Recolocar fechas o importes a posteriori, imposible.
La AEAT se entera al emitir, no en abril
En el momento de emitir, tu programa manda el registro a Hacienda solo, sin que tú hagas nada. La parte buena: cero trabajo extra. La parte seria: la AEAT ve tu facturación casi en tiempo real, así que los cobros de señales y anticipos tienen que ir siempre con su factura al día.
Corregir es rectificar, no borrar
Te bailó el IVA o facturaste 12 paneles en vez de 14: la factura emitida no se borra ni se edita. Se emite una rectificativa, que genera su propio registro. Acostúmbrate a repasar el presupuesto antes de facturar, porque cada corrección deja rastro.
Software adaptado con declaración responsable
El programa con el que factures debe cumplir el reglamento (RD 1007/2023) y su fabricante debe firmar una declaración responsable. Es lo único técnico que tienes que comprobar: pídesela a tu proveedor antes de julio de 2027. Sin ese papel, el que se juega los 50.000 € eres tú.
La factura de un instalador fotovoltaico tiene sus propias trampas: así quedan con VeriFactu
Los casos fiscales reales del oficio, con su referencia legal
La factura con QR como justificante de la subvención y la deducción IRPF de tu cliente
El que te encarga una instalación de 5 kWp de 7.500-12.000 € casi siempre va a pedir la ayuda de su comunidad o la deducción del IRPF por obras de eficiencia energética, que llega al 40 % con una base máxima de 7.500 € al año para obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2026 (RD-ley 16/2025), salvo nueva prórroga: compruébalo antes de prometérsela al cliente. Para justificar el gasto necesita tu factura. Una factura VeriFactu lleva QR y su registro ya está en la AEAT: si el organismo que paga la ayuda o un requerimiento la comprueban, cuadra sola. Úsalo para vender. Desglosa equipos, mano de obra y legalización, que es como lo piden las bases, y dile al cliente que tu factura se verifica escaneando el QR. El que factura con un programa viejo no puede ofrecer eso.
RD-ley 19/2021 (deducción IRPF por eficiencia energética) y RD 1007/2023 (QR tributario)
Paneles e inversor contra la regla del 40 %: tu instalación va casi siempre al 21 %
El IVA del 10 % en vivienda de más de dos años solo aplica si los materiales no pasan del 40 % de la base y el cliente es particular. En fotovoltaica casi nunca se cumple: en una instalación de 5 kWp de 9.500 € de base, entre paneles, inversor y estructura te plantas en unos 6.000 € de material, un 63 %. Toca 21 %. El 10 % queda para cuando tu instalación entra dentro de una reforma mayor donde la mano de obra del conjunto manda. Y ojo con trocear la operación en dos facturas, una de venta de equipos y otra de mano de obra, para forzar el 10 %: con VeriFactu cada registro queda encadenado y fechado, y en una comprobación se ve al minuto.
Ley 37/1992, art. 91.Uno.2.10º
Legalización, CIE y boletines: partidas que se facturan, no que se regalan
La tramitación completa se cobra entre 300 y 700 €: memoria técnica simplificada, Certificado de Instalación Eléctrica y alta ante la distribuidora en la modalidad de autoconsumo del RD 244/2019. Va como partida propia en la factura, no regalada dentro del kit. Con VeriFactu conviene más todavía: la partida queda descrita en el registro, el cliente ve qué paga y tú puedes facturar por separado la instalación ejecutada y la tramitación, cada una con su fecha, aunque la distribuidora tarde 30-90 días en dar el alta. Nada de dejar la factura entera en el aire esperando un trámite de terceros. Y si el cliente pide subvención, la legalización desglosada también justifica coste real.
RD 244/2019 (autoconsumo) y RD 842/2002, ITC-BT-40
Pagos por hitos: señal, material y puesta en marcha, cada cobro con su factura
En una instalación de 10 kWp de 16.000 € lo normal es cobrar por hitos: 30 % de señal (4.800 €), 40 % a la entrega del material (6.400 €) y 30 % a la puesta en marcha (4.800 €). Cada cobro anticipado devenga el IVA en el momento, así que cada hito lleva su factura de anticipo, con su QR y su envío a la AEAT. La factura final recoge el total y descuenta los anticipos ya facturados. Lo que se acabó con VeriFactu es cobrar señales con un recibo y hacer una única factura al terminar: los registros van encadenados por fecha y los cobros tienen que cuadrar con ellos.
Ley 37/1992, art. 75.Dos
Tu epígrafe IAE es el 504.1, y facturar fuera de él canta
No hay epígrafe propio de fotovoltaica: trabajas bajo el 504.1, instalaciones eléctricas en general, y ahí caben placas, baterías y cargadores de vehículo eléctrico. La frontera se cruza al vender kits sin instalarlos: eso es comercio minorista y pide su propio epígrafe. Con VeriFactu tus registros llegan a la AEAT casi en tiempo real y el cruce con tu alta censal es automático: una instalación de 3 kWp de 5.000-8.500 € encaja sin ruido; una tanda de kits vendidos sin mano de obra, no. Repasa tu 036/037 antes de julio de 2027 y decide si esa línea de negocio merece su alta.
RD Legislativo 1175/1990 (tarifas del IAE), epígrafe 504.1
Qué te juegas si sigues facturando con un programa no adaptado
La multa del art. 201 bis LGT llega a 50.000 € por ejercicio y castiga la herramienta, no el despiste: una cuota mal calculada se arregla con rectificativa y ahí acaba la historia, pero emitir tras tu fecha desde un programa que permite borrar o retocar facturas te expone aunque tengas cada euro declarado. En un oficio de pocas facturas y de importe alto, la cuenta es corta: tres instalaciones de 10.000 € no cubren la sanción de un ejercicio. Antes del verano de 2027, exige por escrito la declaración responsable de tu software; sin ese papel, ese programa no es para ti. En módulos y a mano, nada de esto te aplica.
Motor de Presupuestos
Del presupuesto aceptado a la factura en regla, sin cambiar de herramienta
Motor de Presupuestos ya emite facturas VeriFactu. Haces el presupuesto de la instalación de 5 kWp con sus partidas (paneles, inversor, estructura, legalización), el cliente lo acepta y desde ahí sacas la factura: QR tributario, registro encadenado y envío automático a la AEAT, sin cambiar de herramienta ni volver a teclear una partida. ¿Cobras por hitos? Emites las facturas de anticipo de la señal y de la entrega de material desde el mismo presupuesto, y la final descuenta sola los anticipos. Como la factura hereda el desglose del presupuesto, tu cliente tiene el justificante fino que le piden para la subvención y la deducción del IRPF. Del presupuesto aprobado a la factura enviada, sin salir del Motor.
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Preguntas frecuentes de instaladores fotovoltaicos sobre VeriFactu
Las dudas reales del oficio, respondidas
Sí. El cobro anticipado devenga el IVA en el momento de cobrarlo, así que la señal lleva su factura de anticipo, con QR y envío a la AEAT como cualquier otra. En una instalación de 10 kWp de 16.000 €, la señal del 30 % son 4.800 € y su factura sale el día que la cobras, no al acabar. Cuando termines, emites la factura final por el total descontando los anticipos ya facturados. El recibo firmado o el justificante del banco no sustituyen a la factura: con VeriFactu, un cobro sin registro es un agujero que se ve.
Le vale mejor que ninguna otra. Las bases de las ayudas y la deducción del IRPF, vigente para obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2026 salvo nueva prórroga (RD-ley 16/2025), exigen justificar el gasto con factura, y una factura VeriFactu lleva QR verificable y su registro ya está en la AEAT: si el organismo la comprueba, cuadra sin más papeles. Hazle el favor completo: desglosa equipos, mano de obra y legalización en partidas separadas, que es como lo piden, y que el importe coincida con las transferencias. Es un argumento de venta, dilo en el presupuesto: factura verificable para tu subvención.
Casi nunca. El 10 % exige que los materiales no pasen del 40 % de la base, y en fotovoltaica los paneles, el inversor y la estructura se comen el 60-70 % del importe. Una instalación de 5 kWp con 9.500 € de base lleva unos 6.000 € de material: 21 % sin discusión. El 10 % puede aparecer si tu instalación va dentro de una reforma general donde el conjunto sí cumple la regla, pero esa factura la emite el contratista principal. Si ya has facturado al 10 % sin cumplirla, con VeriFactu la corrección es una rectificativa, no borrar la factura.
No dejes la facturación colgada de la distribuidora. Define los hitos en el presupuesto de forma que dependan de tu trabajo: instalación ejecutada, protecciones montadas, CIE y documentación entregada. Eso lo facturas cuando lo terminas, con su registro y su fecha. Si quieres ligar un pico final al alta efectiva, que sea una partida pequeña y clara, por ejemplo dentro de los 300-700 € de legalización y tramitación. Con VeriFactu cada factura queda fechada y encadenada, y retrasar toda la facturación 90 días por un trámite de terceros solo te descuadra el IVA del trimestre y la caja.
Con una factura rectificativa, no hay otra. Con VeriFactu no existe borrar ni machacar la factura: el registro original ya está en la AEAT. Emites la rectificativa que corrige la cuota (sobre una base de 9.500 €, pasar del 10 % al 21 % son 1.045 € más de IVA), se la mandas al cliente y el sistema envía su registro igual que el de cualquier factura. Cuanto antes, mejor: corregir por tu cuenta antes de un requerimiento evita males mayores. Y si el cliente ya presentó la factura para su subvención, avísale, porque tendrá que aportar también la rectificativa.
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