Deducción IRPF por obras de mejora energética en viviendas

Por Alberto Cuitó Martín · actualizado el 16 de abril de 2026

Las obras que reducen la demanda energética de una vivienda tienen ventaja fiscal importante: el contribuyente puede deducir del 20 % al 60 % de las cantidades invertidas en el IRPF del ejercicio. La deducción está regulada por la Ley del IRPF y requiere certificado de eficiencia energética (CEE) previo y posterior que acredite la mejora. Esta guía explica los tres tramos de deducción (demanda de calefacción y refrigeración, consumo de energía primaria no renovable, edificios de uso predominante residencial), los requisitos técnicos y cómo reflejarla en la declaración de la renta.

Los 3 tramos de deducción vigentes en 2026

Disposiciones adicionales 50-52 de la Ley 35/2006 del IRPF · prorrogadas por RD 853/2021 Next Generation EU

Tipo de mejoraDeducción
Reducción demanda calefacción y refrigeración ≥ 7%20%
Reducción consumo energía primaria no renovable ≥ 30%40%
Mejora a letra A/B o subida de 2 letras desde la original60%

Las deducciones se aplican sobre las cantidades efectivamente invertidas (sin IVA) una vez descontadas las ayudas públicas percibidas por el mismo concepto.

Obras que dan derecho a deducción

🧱

Envolvente térmica

Aislamiento de fachada (SATE), cubierta y carpinterías. Sustitución de ventanas por PVC/aluminio RPT con doble acristalamiento bajo-emisivo. Impermeabilización con mejora térmica.

🔥

Instalación térmica eficiente

Aerotermia, bomba de calor, caldera de condensación clase A o superior. Suelo radiante. Recuperadores de calor. Cambio de caldera de gasoil a gas natural o eléctrica.

☀️

Autoconsumo fotovoltaico

Paneles solares fotovoltaicos para autoconsumo con o sin excedentes. Paneles térmicos para ACS. Baterías de almacenamiento conectadas al sistema fotovoltaico.

💡

Mejoras complementarias

Mejora de la iluminación con LED y control automático. Ventilación mecánica con recuperador de calor. Domótica para gestión energética integrada.

Requisitos para aplicar la deducción

1

Certificado de eficiencia energética ANTES

Emitido por técnico competente según el RD 47/2007 y registrado en la CCAA. Debe contener demanda y consumo de referencia (la "foto previa" para demostrar la mejora).

2

Ejecutar obras que mejoren la eficiencia

Las obras deben iniciarse después del certificado previo. Conservar facturas de materiales y mano de obra con desglose, así como justificantes de pago (transferencia, tarjeta — no efectivo por encima de 2.500 €).

3

Certificado de eficiencia energética DESPUÉS

Emitido tras la obra y registrado en la CCAA. Debe demostrar que la demanda, el consumo o la letra han mejorado en los umbrales legales del tramo elegido.

4

Aplicar en la declaración de la renta

En el modelo 100 del IRPF del ejercicio de finalización de las obras. Casilla específica de deducciones por obras energéticas. Conservar toda la documentación durante 4 años.

Compatibilidad con ayudas Next Generation EU

La deducción del IRPF es compatible con las ayudas Next Generation gestionadas por las CCAA según el RD 853/2021. El doble beneficio fiscal (subvención + deducción) es totalmente legal con una regla clara: la subvención percibida se resta de la base de deducción.

Ejemplo de cálculo combinado

  • → Obras realizadas: 12.000 € (SATE + ventanas nuevas)
  • → Subvención Next Generation recibida: 3.000 €
  • → Base de deducción: 12.000 - 3.000 = 9.000 €
  • → Deducción del 40 % (reducción consumo ≥ 30 %): 3.600 €
  • Ahorro combinado total: 6.600 € sobre una inversión bruta de 12.000 €

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Marco legal aplicable

Las deducciones por obras energéticas se regulan por la Ley del IRPF y se coordinan con el régimen del Certificado de Eficiencia Energética (RD 47/2007) y los programas de ayudas Next Generation EU.

Ley del IRPF

Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Regula la tributación de rendimientos de actividades económicas y la retención del IRPF aplicable a profesionales de construcción contratados por entidades obligadas a retener.

texto en el BOE

Certificación energética de edificios

Real Decreto 47/2007, de 19 de enero (actualizado por RD 390/2021)

Regula el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de edificios (CEE). Obligatoria en venta o alquiler de vivienda. Escala de calificación A-G.

texto en el BOE

Programas de rehabilitación residencial Fondo Next Generation

Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre

Regula ayudas Next Generation EU para rehabilitación energética: programas 3 (edificios con ≥ 30 % ahorro demanda) y 4 (viviendas individuales con ≥ 7 % de ahorro). Aporta entre 3.000 y 18.800 € por vivienda.

texto en el BOE

Preguntas frecuentes

Las dudas más habituales sobre deducción irpf por obras de mejora energética en viviendas.

Tres tramos: 20% si reduces demanda de calefacción y refrigeración ≥7%, 40% si reduces consumo de energía primaria no renovable ≥30%, 60% si mejoras la letra energética a B o A o subes dos letras desde la original. Los porcentajes se aplican sobre las cantidades invertidas con base máxima anual específica.

Rehabilitación de envolvente térmica (fachada, cubierta, carpintería), mejora de la instalación térmica (aerotermia, caldera eficiente), instalación de paneles solares fotovoltaicos para autoconsumo o térmicos para ACS. Debe acreditarse la mejora mediante certificado de eficiencia energética (CEE) antes y después.

En el modelo 100 del IRPF, casilla de deducciones por obras de mejora energética. Debes conservar factura del contratista con desglose, certificados de eficiencia antes y después firmados por técnico competente, y justificantes de pago (no vale efectivo por encima de 2.500€).

Sí. Las subvenciones percibidas se restan de la base de deducción. Si recibes 3.000€ de subvención y has invertido 10.000€, deduces sobre 7.000€. El doble beneficio fiscal (ayuda + deducción sobre el resto) es totalmente legal mientras se acredite.

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