Seguro decenal en construcción

Por Alberto Cuitó Martín · actualizado el 16 de abril de 2026

El seguro decenal es el seguro obligatorio por la Ley 38/1999 (LOE art. 19) para cubrir los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que afecten a elementos estructurales durante los 10 años posteriores a la recepción de la obra. Se exige en toda obra nueva destinada principalmente a vivienda, donde el promotor debe suscribirlo a favor de los propietarios finales. La prima se paga una sola vez y cubre todo el plazo decenal. Existe una exención específica para el autopromotor que construye una única vivienda para uso propio, siempre que no la transmita en esos 10 años. Esta guía explica coste orientativo, exenciones legales y proceso de suscripción.

Qué cubre exactamente el seguro decenal

Según el artículo 19 de la LOE, el seguro decenal cubre los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que afecten a elementos estructurales y que comprometan la resistencia mecánica y estabilidad durante los 10 años posteriores a la recepción:

  • → Cimentación: defectos que provoquen asientos diferenciales, hundimientos o grietas estructurales
  • → Forjados: flechas excesivas, deformaciones, roturas estructurales
  • → Muros de carga: grietas estructurales, deformaciones
  • → Estructura portante (pilares, vigas): fisuras, agrietamientos, deformaciones
  • → Cubierta como elemento estructural (no como cubrimiento)

No cubre defectos de habitabilidad (impermeabilización, instalaciones) ni acabados — esos los cubren las garantías trienal y anual de la propia LOE sin seguro.

Proceso de suscripción

1

Contratación del OCT

Organismo de Control Técnico (OCT) que audita el proyecto y la ejecución. Coste: 0,2-0,4 % del PEM.

2

Revisión técnica en fases clave

OCT revisa cimentación, estructura y cubierta durante la ejecución. Emite informes favorables o desfavorables.

3

Emisión del seguro por la compañía

Con los informes OCT favorables, la aseguradora emite la póliza decenal. Prima única: 0,5-1,2 % del PEM.

4

Emisión del acta de recepción

Momento clave: inicio del plazo decenal. La póliza queda activa los 10 años siguientes a favor de los propietarios.

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Marco legal aplicable

El seguro decenal se regula en el artículo 19 de la LOE. Complementa el Código Civil (arts. 1.591 y 1.909 sobre ruina) y la Ley de Consumidores cuando los propietarios finales son particulares.

Ley de Ordenación de la Edificación (LOE)

Ley 38/1999, de 5 de noviembre

Define agentes de la edificación (promotor, proyectista, director de obra, director de ejecución, constructor, propietarios y usuarios) y el régimen de garantías: 10 años por daños estructurales, 3 años por habitabilidad y 1 año por acabados.

texto en el BOE

Código Técnico de la Edificación (CTE)

Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo

Marco técnico obligatorio en proyecto y ejecución: Documentos Básicos de seguridad estructural (DB-SE), protección contra incendios (DB-SI), seguridad de utilización (DB-SU), salubridad (DB-HS), protección contra el ruido (DB-HR) y ahorro de energía (DB-HE).

texto en el portal del CTE

Ley de Prevención de Riesgos Laborales

Ley 31/1995, de 8 de noviembre

Marco general de la prevención en entornos laborales. En construcción se complementa con el RD 1627/1997 y obliga a la coordinación de actividades empresariales cuando concurran varias contratas.

texto en el BOE

Texto Refundido Ley Suelo y Rehabilitación Urbana

Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre

Régimen estatal del suelo. El artículo 28 regula la declaración de obra nueva ante notario y la inscripción registral, distinguiendo obra nueva terminada (con CFO + licencia) y obra nueva por antigüedad (certificación técnica + prescripción urbanística).

texto en el BOE

Preguntas frecuentes

Las dudas más habituales sobre seguro decenal en construcción.

El promotor lo suscribe y paga la prima. Al vender, el coste se repercute habitualmente en el precio de venta. La póliza se emite a favor de los propietarios finales: si el primer comprador revende, la cobertura sigue vigente para el nuevo propietario durante el plazo restante.

Entre el 0,5 % y el 1,2 % del PEM según aseguradora, tipo de obra y perfil del promotor. Una obra nueva de vivienda unifamiliar de 150.000 € PEM ronda 750-1.800 € de prima. En obra plurifamiliar el porcentaje es ligeramente menor por volumen.

En obra no residencial (naves, oficinas, locales comerciales). En rehabilitación o reformas (no es obra nueva). En autopromoción de una vivienda para uso propio con compromiso de no transmisión en 10 años. En obra pública donde el régimen es distinto.

Debes suscribir retroactivamente el seguro desde la fecha de la recepción o repercutir el coste en el precio de venta con conocimiento del comprador. Sin seguro, el comprador puede reclamar al autopromotor solidariamente con los demás agentes durante el plazo decenal restante.

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