Acta de replanteo: el primer documento de la obra

Por Alberto Cuitó Martín · actualizado el 16 de abril de 2026

El replanteo es la comprobación sobre el terreno de que las condiciones reales del emplazamiento y del inmueble coinciden con lo descrito en el proyecto técnico. El acta de replanteo es el documento que certifica esa verificación y autoriza el inicio formal de la obra. Firman el arquitecto (como DO), el contratista y el promotor, conforme al marco de agentes de la LOE. Si el replanteo detecta discrepancias — cotas mal medidas, servicios enterrados no cartografiados, distancias reales distintas a las del plano — el acta las recoge y bloquea el inicio hasta que proyectista y promotor decidan la solución: modificar el proyecto, aceptar el hallazgo o renegociar el contrato.

Qué comprueba el replanteo en obra nueva y en reforma

🏗️ Obra nueva

  • → Coordenadas geográficas del emplazamiento
  • → Retranqueos a linderos y viales
  • → Cotas de terreno y desniveles
  • → Servicios existentes (agua, luz, saneamiento, gas)
  • → Orientación según proyecto

🔧 Reforma de edificio existente

  • → Dimensiones reales de las estancias (vs plano)
  • → Posición de bajantes, instalaciones empotradas
  • → Alturas libres y obstáculos estructurales
  • → Estado real del soporte (humedades, fisuras)
  • → Accesos a la obra (escaleras, ascensor)

Qué incluye el acta de replanteo

  • 1.Datos identificativos de la obra, dirección y referencia catastral
  • 2.Promotor, contratista, arquitecto (DO) y aparejador (DEO) con sus firmas
  • 3.Fecha, hora y lugar del replanteo
  • 4.Descripción de las comprobaciones realizadas
  • 5.Discrepancias detectadas (si las hay) y propuesta de resolución
  • 6.Autorización expresa del inicio de la obra
  • 7.Fotografías del estado inicial (recomendado)
  • 8.Anexos técnicos si el replanteo requiere cálculos específicos

Antes del replanteo, el presupuesto

Motor de Presupuestos genera el PDF profesional del presupuesto de obra para tramitar licencia y alinear con el acta de replanteo.

Crear mi presupuesto gratis →

Marco legal aplicable

El acta de replanteo se ampara en la LOE (art. 12 sobre el director de obra) y en el Código Civil (contrato de obra en art. 1.544 y ss). Es también documento clave del Plan de Seguridad y Salud conforme al RD 1627/1997.

Ley de Ordenación de la Edificación (LOE)

Ley 38/1999, de 5 de noviembre

Define agentes de la edificación (promotor, proyectista, director de obra, director de ejecución, constructor, propietarios y usuarios) y el régimen de garantías: 10 años por daños estructurales, 3 años por habitabilidad y 1 año por acabados.

texto en el BOE

Código Técnico de la Edificación (CTE)

Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo

Marco técnico obligatorio en proyecto y ejecución: Documentos Básicos de seguridad estructural (DB-SE), protección contra incendios (DB-SI), seguridad de utilización (DB-SU), salubridad (DB-HS), protección contra el ruido (DB-HR) y ahorro de energía (DB-HE).

texto en el portal del CTE

Ley de Contratos del Sector Público

Ley 9/2017, de 8 de noviembre

Régimen de contratos públicos. Obliga a entregar cuadro de precios nº 1 (unitarios) y nº 2 (descompuestos) en todas las licitaciones de obra. Art. 103 regula el régimen ordinario de revisión de precios por variación de mercado.

texto en el BOE

Reglamento General LCAP

Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre

Desarrollo reglamentario de la LCSP. Fija el 13 % de gastos generales, 6 % de beneficio industrial y los costes indirectos en 6 % para obras de edificación. Sirve de referencia nacional para PEM y PEC.

texto en el BOE

Preguntas frecuentes

Las dudas más habituales sobre acta de replanteo: el primer documento de la obra.

Formalmente no. El acta es el documento que autoriza el inicio. Comenzar sin ella supone un riesgo legal: el contratista pierde la protección de que el terreno fue verificado y la responsabilidad por discrepancias posteriores queda difusa. En obras menores privadas se omite a veces, pero es mala práctica.

Si el contratista hace constar las discrepancias en el acta, queda protegido: cumplió su deber de notificación y la responsabilidad pasa al proyectista o al promotor para resolver. Si firma sin señalar las que debería haber detectado, asume solidariamente los problemas derivados.

En reforma interior sin excavación no hay replanteo geométrico formal, pero sí debe hacerse "reconocimiento previo": verificar que los planos coinciden con dimensiones reales, posición de instalaciones y alturas. En obras que afecten a estructura siempre es necesario.

Sí. En obras grandes (edificios, urbanizaciones) es habitual hacer replanteos parciales por fases o sectores, cada uno con su acta propia. El general autoriza el inicio total; los parciales autorizan cada fase específica antes de empezarla.

Empieza a presupuestar más rápido hoy mismo.

Sin formación. Sin complicaciones. Y si tienes dudas, Alberto está al otro lado.

Sin permanencia · Soporte por WhatsApp · Datos en España