Boletín de agua ITIAC

El Certificado de Instalación Interior de Agua y Aguas Calientes, llamado ITIAC o certificado CTE DB-HS4, es el documento técnico que acredita que una instalación de agua cumple el Código Técnico de la Edificación Documento Básico HS-4 (Salubridad, suministro de agua) y los criterios sanitarios del Real Decreto 140/2003 sobre calidad del agua de consumo humano. Lo emite una empresa instaladora de fontanería autorizada e inscrita en el Registro Integrado Industrial autonómico. A diferencia del CIE eléctrico o del IRG de gas, el ITIAC no se registra siempre en Industria — depende de la CCAA y del alcance de la instalación. En Madrid, Cataluña, Valencia y Andalucía el certificado lo valida la compañía suministradora (Canal de Isabel II, Aigües de Barcelona, Global Omnium, EMASESA) antes del alta de contador definitivo. En otras CCAA basta el sello de la empresa instaladora autorizada. No tiene caducidad fija pero en ACS (agua caliente sanitaria) se añade la normativa de prevención de legionella (RD 865/2003) que sí requiere revisiones periódicas específicas.

Pruebas obligatorias antes del certificado

1

Prueba de estanqueidad

Presurizar la red a 1,5 veces la presión de servicio durante 1 hora sin pérdida superior al 1 % (CTE DB-HS4 apartado 5.2.2). Se documenta el valor inicial y el valor final medidos con manómetro calibrado.

2

Lavado de la red

Circulación abundante de agua limpia durante al menos 30 minutos por todos los puntos terminales, eliminando residuos de obra (virutas metálicas, cemento, PTFE).

3

Desinfección con hipoclorito sódico

Anexo IV del Real Decreto 140/2003: 50 ppm durante 3 horas o 20 ppm durante 12 horas. Tras la desinfección se lava de nuevo hasta obtener cloro residual < 1 ppm.

4

Verificación de caudales

Caudales mínimos por grifería en CTE DB-HS4 apartado 2.1.3: 0,10 l/s en lavabo, 0,15 l/s en fregadero, 0,20 l/s en bañera, 0,10 l/s en WC. Presión estática en punto más desfavorable entre 150 y 500 kPa.

5

Verificación de contadores y llaves

Contador general con homologación metrológica, llave general de corte accesible, llaves de paso por vivienda, llaves de aparato en todos los puntos terminales.

Materiales permitidos en agua potable

MaterialNorma UNE-ENUso típico
Cobre recocidoUNE-EN 1057Tramos cortos, instalación visible
Polietileno reticulado PEXUNE-EN ISO 15875Red general empotrada
Multicapa PE-Al-PEUNE-EN ISO 21003Red general y ACS
Polipropileno PPRUNE-EN ISO 15874Acometidas y red general
Acero inoxidable AISI 316UNE-EN ISO 10088Instalaciones públicas alto uso
Plomo— PROHIBIDOProhibido en nueva instalación desde 2003 (RD 140/2003 art. 17)
PVC— NO potableSólo saneamiento (DB-HS5), nunca agua potable

Toda grifería debe llevar marcado CE y certificado de cesión de metales conforme al RD 140/2003.

Prevención específica de legionella en ACS

El Real Decreto 865/2003 añade requisitos específicos para redes de agua caliente sanitaria, torres de refrigeración y circuitos similares donde puede proliferar Legionella pneumophila:

  • Temperatura mínima 50 °C en acumuladores de ACS (60 °C en depósitos > 400 l)
  • Purga semanal obligatoria en puntos terminales de uso intermitente
  • Alto riesgo (hospitales, residencias, hoteles > 20 plazas): plan de autocontrol, analíticas periódicas, desinfección anual por empresa autorizada
  • Vivienda unifamiliar estándar: mantener temperatura + purgas ocasionales + limpieza anual de filtros de grifería

Coste del ITIAC según tipo de obra

  • Vivienda estándar < 100 m² con instalación convencional: 100-200 €
  • Vivienda unifamiliar con varios baños y ACS por caldera: 200-400 €
  • Reforma parcial de baño con bajante interior: 80-150 €
  • Edificio plurifamiliar obra nueva con ACS centralizada: 600-1 800 € + 50-100 € por vivienda
  • Instalación comercial con alto riesgo legionella: 300-800 € + plan de autocontrol anual aparte

El trámite varía según CCAA: en Madrid y Cataluña la compañía suministradora (Canal de Isabel II, Aigües de Barcelona) valida el certificado antes del alta; en otras basta sello de la empresa instaladora.

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Marco legal aplicable

El ITIAC se rige por el CTE Documento Básico HS-4 (Suministro de agua, obligatorio desde 2006) y el Real Decreto 140/2003 sobre criterios sanitarios de calidad del agua. La LOE lo integra en el Libro del Edificio obligatorio en obra nueva residencial. El RD 865/2003 complementa en prevención específica de legionella en instalaciones de ACS, torres de refrigeración y circuitos similares. El CTE DB-HS5 regula el saneamiento como instalación hermana.

Código Técnico de la Edificación (CTE)

Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo

Marco técnico obligatorio en proyecto y ejecución: Documentos Básicos de seguridad estructural (DB-SE), protección contra incendios (DB-SI), seguridad de utilización (DB-SU), salubridad (DB-HS), protección contra el ruido (DB-HR) y ahorro de energía (DB-HE).

texto en el portal del CTE

Criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano

Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero

Marco sanitario de la calidad del agua. Fija los parámetros microbiológicos, químicos y radiactivos obligatorios para cualquier instalación de agua potable y los requisitos de materiales aptos para uso alimentario. Complementa al CTE DB-HS4 en obra nueva y reforma sustancial. Obliga a la prevención específica de legionella en redes de ACS.

texto en el BOE

Ley de Ordenación de la Edificación (LOE)

Ley 38/1999, de 5 de noviembre

Define agentes de la edificación (promotor, proyectista, director de obra, director de ejecución, constructor, propietarios y usuarios) y el régimen de garantías: 10 años por daños estructurales, 3 años por habitabilidad y 1 año por acabados.

texto en el BOE

Preguntas frecuentes

Las dudas más habituales sobre boletín de agua itiac.

Ambos se refieren al mismo documento. ITIAC es el acrónimo usado en algunas CCAA (Valencia, Cataluña) para Instalación de Agua y Aguas Calientes. CTE DB-HS4 es la referencia normativa del Documento Básico HS-4 del Código Técnico de la Edificación. El certificado lo emite la empresa instaladora autorizada y documenta el cumplimiento del DB-HS4 + las exigencias sanitarias del RD 140/2003.

Prueba de estanqueidad a presión (1,5 veces la presión de servicio durante 1 hora sin pérdida superior al 1 %) según CTE DB-HS4 apartado 5.2.2. Prueba de lavado y desinfección de la red antes de la puesta en servicio según el anexo IV del RD 140/2003 (hipoclorito sódico 50 ppm durante 3 horas o 20 ppm durante 12 horas). Verificación del caudal mínimo por grifería (0,10 l/s en lavabo, 0,20 l/s en bañera) y presión estática entre 150-500 kPa en punto más desfavorable.

El RD 865/2003 obliga a temperatura mínima de 50 °C en acumuladores de ACS y 60 °C en depósitos con más de 400 l. Purga obligatoria semanal en puntos terminales que no se usan con frecuencia. En instalaciones de alto riesgo (hospitales, residencias, hoteles > 20 plazas) se exige plan de autocontrol firmado por técnico responsable, analíticas periódicas y certificado de desinfección anual por empresa autorizada. En vivienda unifamiliar normal basta con mantener la temperatura y las purgas estándar.

Vivienda estándar hasta 100 m² con instalación convencional: 100-200 €. Vivienda unifamiliar con varios baños, ACS por caldera y riego automático: 200-400 €. Reforma parcial de baño con sustitución de bajante interior: 80-150 €. Edificio plurifamiliar en obra nueva con instalación centralizada de ACS: 600-1.800 € más coste por vivienda (50-100 € adicionales). Estos precios incluyen pruebas de estanqueidad, lavado, desinfección previa y documentación final.

Según RD 140/2003 art. 14, sólo materiales con certificación sanitaria para contacto con agua de consumo humano. Habituales: cobre recocido UNE-EN 1057 (tramos cortos), polietileno reticulado PEX UNE-EN ISO 15875, multicapa PE-Al-PE UNE-EN ISO 21003, polipropileno PPR UNE-EN ISO 15874. Prohibidos desde 2003 en nueva instalación: plomo (art. 17 RD 140/2003) y PVC en agua potable. Las griferías deben llevar marcado CE y certificado de cesión de metales por debajo de los límites sanitarios.

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