Control de calidad en obra: ensayos y verificaciones

Por Alberto Cuitó Martín · actualizado el 16 de abril de 2026

El control de calidad en obra es responsabilidad específica del aparejador (Director de Ejecución de Obra) según el artículo 13 de la LOE. Incluye la verificación sistemática de los materiales que llegan a obra, los ensayos de laboratorio sobre hormigones y aceros, las pruebas de funcionamiento de instalaciones y la comprobación del cumplimiento del proyecto durante la ejecución. Es el mecanismo que garantiza que lo construido se ajusta a lo proyectado y que los materiales cumplen las especificaciones del CTE. El coste orientativo oscila entre el 1 % y el 1,5 % del PEM y lo asume el promotor a través de laboratorios acreditados por ENAC.

Ensayos habituales en una obra

EnsayoMomentoCoste orient.
Probetas hormigón (rotura a 28 días)Por lote hormigonado35-60 €/probeta
Ensayo acero corrugadoPor lote recibido80-150 €
Prueba estanqueidad cubiertaTras impermeabilización150-400 €
Prueba instalación eléctricaAntes del CIE120-280 €
Prueba presión fontaneríaAntes de cerrar rozas80-180 €
Ensayo acústico (DB-HR)En obra terminada400-900 €

Los ensayos los realiza un laboratorio acreditado por ENAC, contratado por el promotor a propuesta del aparejador (DEO).

Plan de Control de Calidad

Es el documento que el aparejador elabora al inicio de la obra detallando qué ensayos se realizarán, con qué frecuencia y qué laboratorio los ejecutará. Incluye:

  • → Identificación de las partidas críticas (hormigones, acero, instalaciones principales)
  • → Volumen de ensayos por lote ejecutado
  • → Laboratorio acreditado ENAC que los realizará
  • → Presupuesto específico (1-1,5 % del PEM típicamente)
  • → Criterios de aceptación/rechazo y protocolo ante resultados negativos

El presupuesto incluye partida de control de calidad

Motor de Presupuestos permite añadir la partida "Control de calidad" al presupuesto como 1-1,5 % del PEM, el valor estándar del sector.

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Marco legal aplicable

El control de calidad se ampara en el artículo 13 de la LOE (funciones del DEO), el CTE (requisitos técnicos a verificar) y el Código Civil (régimen de responsabilidad por vicios ocultos).

Ley de Ordenación de la Edificación (LOE)

Ley 38/1999, de 5 de noviembre

Define agentes de la edificación (promotor, proyectista, director de obra, director de ejecución, constructor, propietarios y usuarios) y el régimen de garantías: 10 años por daños estructurales, 3 años por habitabilidad y 1 año por acabados.

texto en el BOE

Código Técnico de la Edificación (CTE)

Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo

Marco técnico obligatorio en proyecto y ejecución: Documentos Básicos de seguridad estructural (DB-SE), protección contra incendios (DB-SI), seguridad de utilización (DB-SU), salubridad (DB-HS), protección contra el ruido (DB-HR) y ahorro de energía (DB-HE).

texto en el portal del CTE

Ley de Contratos del Sector Público

Ley 9/2017, de 8 de noviembre

Régimen de contratos públicos. Obliga a entregar cuadro de precios nº 1 (unitarios) y nº 2 (descompuestos) en todas las licitaciones de obra. Art. 103 regula el régimen ordinario de revisión de precios por variación de mercado.

texto en el BOE

Preguntas frecuentes

Las dudas más habituales sobre control de calidad en obra: ensayos y verificaciones.

Depende del tipo de obra. En edificación residencial típica: probetas de hormigón (1 lote cada 100 m³ o cada planta), ensayos de acero corrugado, pruebas de estanqueidad de cubiertas e impermeabilizaciones, pruebas de servicio de instalaciones al finalizar. En vivienda unifamiliar los volúmenes son menores.

El promotor. El coste orientativo es del 1-1,5 % del PEM. El aparejador (DEO) contrata el laboratorio acreditado por ENAC y gestiona los ensayos, pero las facturas van directamente al promotor.

El DEO debe paralizar la fase afectada y comunicarlo por escrito al arquitecto y al contratista (libro de órdenes). Se repite el ensayo y, si confirma el problema, se proponen soluciones: demoler y rehacer, reforzar, o cambiar el material. El coste lo asume el contratista si la causa es imputable a su ejecución.

En obras sin proyecto (comunicación previa o licencia menor simple) no hay control de calidad formal — el contratista responde de la calidad de los materiales que coloca. En obras con proyecto, el control es obligatorio y forma parte del Plan de Control de Calidad que redacta el aparejador.

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