El Informe de Evaluación del Edificio (IEE) es la evolución de la antigua ITE, con tres bloques: estado de conservación, accesibilidad universal y eficiencia energética. Lo regula la Ley 8/2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas (LRRRU) y su normativa autonómica de desarrollo. Es obligatorio para edificios de más de 50 años y condiciona el acceso a ayudas de rehabilitación. Esta guía explica quién debe encargarlo, quién lo firma, cuánto cuesta en 2026 y qué pasa si no se tramita.
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Los 3 bloques del IEE
La Ley 8/2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas (LRRRU) introdujo el IEE como herramienta integral de evaluación. El informe se divide en tres partes independientes pero complementarias:
🏢
Estado de conservación
Evaluación de la estabilidad estructural, cubierta, fachadas, instalaciones comunes, saneamiento. Asigna un estado favorable, favorable con deficiencias o desfavorable. Los desfavorables requieren obras correctivas.
♿
Accesibilidad universal
Diagnostica la accesibilidad del edificio según RD Legislativo 1/2013 y normativa autonómica: portal, ascensor, zonas comunes, rampas. Señala actuaciones necesarias para cumplir accesibilidad si aún no cumple.
⚡
Eficiencia energética (CEE)
Incluye el certificado energético conforme al RD 47/2007. Calcula demanda y consumo actuales, y propone actuaciones de mejora con estimación de ahorro energético y económico.
Diferencia entre ITE e IEE
Aspecto
ITE tradicional
IEE (modelo LRRRU)
Regulación
Normativa autonómica previa a 2013
LRRRU (Ley 8/2013) + autonómica
Alcance
Solo conservación estructural
Conservación + accesibilidad + energía
Cálculo energético
No incluido
Sí (CEE integrado)
Registro
Municipal
Autonómico
Acceso a ayudas
Limitado
Condición para Next Generation
Desde 2015 la mayoría de CCAA ha sustituido la ITE tradicional por el modelo IEE. Algunas (Cataluña, Madrid) conservan el nombre ITE con contenido ampliado que equivale al IEE.
Quién debe encargar el IEE
→ Propietarios/comunidades de edificios con más de 50 años (la mayoría de CCAA, algunas bajan a 30-40 años)
→ Comunidades que soliciten ayudas Next Generation de rehabilitación (programa 3 y 4 del RD 853/2021)
→ Edificios de uso no residencial público con alta ocupación (colegios, hospitales, oficinas administrativas)
→ Edificios que vayan a someterse a rehabilitación integral o intervenciones en envolvente
La obligación recae sobre la comunidad de propietarios (en edificios plurifamiliares) o el titular del inmueble (en unifamiliares). El gasto se reparte por coeficiente de participación o cláusula estatutaria específica.
Coste y plazos del IEE en 2026
💶 Coste orientativo
→ Edificio 4-8 viviendas: 400-700 €
→ Edificio 9-20 viviendas: 700-1.200 €
→ Edificio > 20 viviendas: 1.200-3.000 €
→ Unifamiliar aislada: 300-500 €
⏱️ Plazos y renovación
→ Validez: 10 años (la mayoría de CCAA)
→ Tiempo desde el encargo: 3-6 semanas
→ Se renueva cada 10 años o tras intervención mayor
→ Multa por no encargarlo: 300-6.000 €
Marco legal aplicable
El IEE se regula por la LRRRU (art. 4 y 6) como herramienta de evaluación del estado del edificio y condición para el acceso a programas de rehabilitación. Conecta con la LOE y el RD 47/2007 del certificado energético.
Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas
Ley 8/2013, de 26 de junio
Marco para rehabilitación de edificios y barrios. Introduce el Informe de Evaluación del Edificio (IEE) obligatorio en edificios > 50 años y regula las actuaciones sobre el medio urbano.
Define agentes de la edificación (promotor, proyectista, director de obra, director de ejecución, constructor, propietarios y usuarios) y el régimen de garantías: 10 años por daños estructurales, 3 años por habitabilidad y 1 año por acabados.
Real Decreto 47/2007, de 19 de enero (actualizado por RD 390/2021)
Regula el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de edificios (CEE). Obligatoria en venta o alquiler de vivienda. Escala de calificación A-G.
Las dudas más habituales sobre iee: informe de evaluación del edificio.
La ITE (Inspección Técnica de Edificios) tradicional solo evaluaba el estado de conservación. El IEE añade accesibilidad y eficiencia energética. Desde 2015 la mayoría de CCAA han adoptado el modelo IEE (o ITE-IEE), pero algunas conservan el nombre ITE con contenido ampliado.
Edificios con uso predominante residencial y antigüedad superior a 50 años (algunas CCAA fijan 30 o 40 años). También los que soliciten ayudas públicas de rehabilitación. Los plazos y umbrales concretos los fija cada CCAA, por lo que siempre conviene verificar en la normativa autonómica.
Entre 300 y 1.500€ según tamaño del edificio, CCAA y complejidad. Un edificio residencial de 8 viviendas en Madrid ronda 500-800€. El precio incluye la inspección, redacción del informe y su registro en el organismo autonómico competente.
Multas de 300-6.000€ según CCAA y, además, imposibilidad de acceder a ayudas públicas de rehabilitación. Si el edificio tiene patologías graves no reportadas y se producen daños a terceros, la comunidad de propietarios puede enfrentar responsabilidad civil agravada por omisión del deber de mantenimiento.