El Coordinador de Seguridad y Salud (CSS) es el técnico designado por el promotor conforme al RD 1627/1997 cuando en la obra intervenga más de una empresa. Existen dos figuras: el CSS en fase de proyecto (elabora el Estudio de Seguridad y Salud) y el CSS en fase de ejecución (aprueba el Plan, supervisa su cumplimiento y gestiona el libro de incidencias). Es una figura clave de la prevención en campo: su ausencia o negligencia arrastra responsabilidad solidaria al promotor y al contratista. Esta guía explica funciones concretas, honorarios orientativos, titulación requerida y diferencias con otros roles técnicos en obra.
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Las dos figuras del CSS
📐 CSS en fase de proyecto
Designado por el promotor durante la redacción del proyecto. Su función:
→ Elaborar el Estudio de Seguridad y Salud (o Estudio Básico)
→ Coordinar cuestiones preventivas con el equipo técnico del proyecto
→ Honorarios típicos: 0,5-1,5 % del PEM
🏗️ CSS en fase de ejecución
Designado durante la ejecución. Su función:
→ Aprobar el Plan de Seguridad del contratista
→ Visitar la obra periódicamente (mínimo quincenal)
→ Gestionar el libro de incidencias
→ Comunicar incidencias graves a Inspección de Trabajo
Obligatoriedad y titulación
El CSS es obligatorio cuando en la obra intervenga más de una empresa (contratista principal + subcontratas, o varios contratistas). En obras con un solo contratista sin subcontratas no es exigible, aunque muchos promotores lo designan voluntariamente.
Titulación requerida: arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero superior o ingeniero técnico. Formación específica obligatoria: curso acreditado de prevención con especialidad en seguridad en obras de construcción (60 horas mínimo según convenio).
Honorarios orientativos
→ Obra pequeña (PEM < 100.000 €): 1.200-2.500 €
→ Obra mediana (PEM 100.000-500.000 €): 2.500-6.000 €
→ Obra grande (PEM > 500.000 €): 0,5-1,5 % del PEM
→ Seguro de RC profesional obligatorio: 300.000-1.000.000 €
Marco legal aplicable
El CSS se regula en los artículos 3 y 9 del RD 1627/1997. Se articula con la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y con la LOE en cuanto a agentes de la edificación.
Seguridad y salud en obras de construcción
Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre
Obliga a la designación de Coordinador de Seguridad y Salud cuando concurran más de una empresa y a la aprobación del Plan de Seguridad y Salud antes del inicio de la obra.
Marco general de la prevención en entornos laborales. En construcción se complementa con el RD 1627/1997 y obliga a la coordinación de actividades empresariales cuando concurran varias contratas.
Limita la cadena de subcontratación a 3 niveles y obliga a toda empresa que contrate subcontratas a exigir la inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas (REA).
Desarrolla el art. 24 de la LPRL. Obliga al empresario titular del centro a coordinar las actividades preventivas de todas las empresas concurrentes: información, instrucciones y vigilancia del cumplimiento.
Las dudas más habituales sobre coordinador de seguridad y salud en obra.
Siempre que en la obra intervenga más de una empresa (contratista + subcontratas, o varios contratistas principales). También cuando haya trabajadores autónomos junto a empresas. En obra de un solo contratista sin subcontratas no es obligatorio el CSS.
Lo designa el promotor. Los honorarios los paga el promotor y son independientes del coste de la obra (no forman parte del PEM). Honorarios orientativos: 1.200-5.500 € según alcance según baremos CGATE. Para obras grandes el coste puede alcanzar el 0,5-1,5 % del PEM.
Sí, es habitual. El arquitecto puede ser CSS en fase de proyecto y el aparejador en fase de ejecución. Deben tener la titulación requerida por el RD 1627/1997 y el curso específico de 60 horas mínimo. No hay incompatibilidad legal pero sí sobrecarga de responsabilidades.
Responde por su función específica: elaborar correctamente el Estudio/Plan, aprobar el Plan de Seguridad, vigilar el cumplimiento, dejar constancia en el libro de incidencias. Si se prueba negligencia en su función, la responsabilidad civil (e incluso penal, art. 316 CP) alcanza al CSS. Por eso es imprescindible seguro de RC profesional (300.000-1.000.000 €).